El Tribunal Supremo ha lanzado una auténtica bomba legal en el mercado del alquiler: las prórrogas indefinidas son válidas, pero con un límite máximo de 30 años.
El alto tribunal pone orden en una guerra que enfrenta desde hace años a propietarios que abusan del poder del ladrillo y a inquilinos que se escudan en la indefensión o la okupación.
La sentencia 1387/2025, de 7 de octubre, blinda el derecho a pactar libremente la duración de los contratos, pero deja claro que ni los arrendadores podrán convertir la vivienda en una fuente de presión permanente, ni los inquilinos eternizarse bajo el amparo del alquiler barato o del falso derecho de uso perpetuo.
El fallo reconoce que, cuando existe acuerdo voluntario y justificado, la prórroga puede extenderse hasta 30 años, aplicando por analogía el régimen del usufructo vitalicio del Código Civil. Pero también advierte que el contrato no puede ser perpetuo ni quedar al arbitrio exclusivo del inquilino.
El mensaje del Supremo es claro: se acabaron los abusos de ambos lados. Ni desahucios caprichosos ni contratos sin fecha de salida. La ley vuelve al centro: libertad con límites y equilibrio con justicia.
El caso que ha originado la sentencia —un alquiler firmado en 2000 en Burgos, con cláusula de prórroga indefinida— sirve de precedente para miles de contratos en España. La decisión da seguridad jurídica y marca una nueva era: negociar sí, abusar no.
Fuentes jurídicas consultadas por La Gaceta de Canarias aseguran que el fallo “pone fin a una doble perversión: la del propietario especulador y la del inquilino oportunista que estira el contrato hasta el infinito”.
El Supremo es tajante: propietario e inquilino deben convivir con responsabilidad, equilibrio y respeto a la ley.