El Gobierno de Canarias ha aprobado, este lunes, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que dirige Nieves Lady Barreto, la fusión del Colegio de Economistas de Santa Cruz de Tenerife y del Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Santa Cruz de Tenerife, pasando a denominarse Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife.
La Ley canaria de Colegios Profesionales 10/1990, de 23 de mayo, establece que la fusión de dos o más Colegios de la misma profesión deberá ser aprobada por Decreto del Gobierno de Canarias, a propuesta de los colegios afectados en la forma estatutariamente prevista. El procedimiento para la fusión de colegios que dé lugar a uno nuevo se recoge en el Decreto 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias.
El Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife contará con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones y dispondrá de un plazo de tres meses, a partir de la publicación del presente Decreto, para elaborar los estatutos por los que habrá de regirse y elegir a las personas que vayan a ostentar los cargos correspondientes a sus órganos de gobierno.
Los Estatutos del Colegio Oficial de Economistas de Santa Cruz de Tenerife deberán ser remitidos al centro directivo competente en materia de colegios profesionales, para su inscripción en el Registro y posterior publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
El artículo 109.1 del Estatuto de Autonomía de Canarias atribuye la competencia exclusiva en materia de colegios profesionales, cámaras oficiales, academias para el fomento y difusión de las artes, las ciencias y las letras, consejos reguladores, cofradías de pescadores y demás corporaciones de Derecho público que radiquen en Canarias, respetando lo dispuesto en la Constitución.