La investigación judicial abierta al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en el denominado caso Plus Ultra ha situado bajo el foco no solo la evolución de la causa en la Audiencia Nacional, sino también las propias normas internas del PSOE. Aunque el exlíder socialista mantiene intacta la presunción de inocencia y el procedimiento se encuentra todavía en fase de investigación, el avance del proceso ha reabierto el debate sobre qué ocurriría si la causa escalara judicialmente.
La cuestión cobra especial relevancia por la dimensión política de Zapatero. No se trata únicamente de un militante histórico del partido, sino de quien fue secretario general del PSOE y presidente del Gobierno de España durante dos legislaturas, además de seguir desempeñando un papel relevante en distintos ámbitos de la vida pública y política.
El debate ha cobrado fuerza tras las últimas novedades conocidas en torno al rescate público de Plus Ultra. Esta semana, el auditor de la aerolínea, Jesús Ángel Carbajo, confirmó en el Senado que en la contabilidad de la compañía figuraba una comisión del 1% relacionada con la operación de rescate aprobada por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que inyectó 53 millones de euros a la empresa durante la pandemia. Según distintas informaciones incorporadas a la investigación, esa comisión habría estado vinculada a trabajos realizados a través de la consultora Análisis Relevante, empresa para la que Zapatero elaboraba informes.
El auditor negó haber recibido presiones para alterar las cuentas de la compañía o favorecer la concesión del rescate, aunque la investigación continúa abierta para esclarecer el destino de determinados pagos y las relaciones existentes entre los distintos implicados.
Mientras tanto, la dirección federal socialista mantiene una posición de máxima prudencia. Ferraz insiste en respetar la actuación de los tribunales y recuerda que la existencia de una investigación no implica culpabilidad alguna. Sin embargo, el desarrollo del procedimiento podría acabar obligando al partido a mirar directamente a sus propios estatutos.
Porque más allá de la batalla judicial, la clave política reside en un artículo concreto de la normativa interna socialista: el 90.2.
El artículo 90.2: la línea roja que podría cambiar la situación de Zapatero
El artículo 90.2 de los Estatutos Federales del PSOE establece que podrá acordarse la suspensión cautelar de militancia cuando exista un auto de apertura de juicio oral por delitos relacionados con la corrupción u otros supuestos de especial gravedad recogidos en la normativa interna del partido.
La diferencia jurídica es relevante. Actualmente José Luis Rodríguez Zapatero está siendo investigado y la causa se encuentra en fase de instrucción. En este momento no existe obligación estatutaria de adoptar medidas disciplinarias automáticas y la presunción de inocencia sigue siendo plenamente aplicable.
Sin embargo, si la investigación avanzara y el juez acordara la apertura de juicio oral por delitos incluidos en los supuestos contemplados por el PSOE, el partido podría verse obligado a activar los mecanismos previstos en el artículo 90.2.
Aunque Zapatero no ocupa cargos orgánicos ni institucionales dentro de la organización, una eventual suspensión cautelar tendría un enorme impacto político y simbólico para el PSOE por tratarse de uno de sus expresidentes del Gobierno y una de las figuras más influyentes de las últimas décadas.
Por ello, cada movimiento de la Audiencia Nacional no solo será observado desde el ámbito judicial. También será seguido con atención en Ferraz, donde el futuro procesal de Zapatero podría acabar cruzándose con las propias reglas internas del partido.