El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha expresado su desacuerdo con el desahucio de Jénnifer y sus dos hijos en el barrio de Pedro Hidalgo, después de que un informe de sus Servicios Sociales, emitido este martes, acreditara que la familia «se encuentra en situación de vulnerabilidad social y económica».
La corporación municipal ha trasladado a EFE que no comparte una decisión judicial que, según ha señalado, «deja en la calle a una familia vulnerable de nuestra ciudad», aunque ha precisado que mantiene el «respeto a las actuaciones de los jueces y tribunales».
El Consistorio también ha indicado que desconoce si el órgano judicial solicitó al Gobierno de Canarias, como administración competente en materia de vivienda y servicios sociales, información sobre los recursos disponibles para proporcionar una alternativa habitacional a la familia.
La plataforma ciudadana Derecho al Techo, que ha intentado prestar ayuda a Jénnifer y sus hijos, considera que el informe municipal era «contundente» y debería haber servido para frenar el lanzamiento. Según el colectivo, el documento de la Concejalía de Bienestar Social se presentó por registro ante el juzgado antes de la llegada de la comisión judicial y también se mostró a sus integrantes, que, de acuerdo con la plataforma, se negaron a recogerlo.
El informe fue remitido este mismo martes al juzgado que autorizó el desahucio, la Plaza número 7 del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, Sección Civil, según ha explicado la organización, que ha difundido una copia del documento sin datos personales.
La situación de esta familia se produce tras la entrada en vigor del decreto ley conocido como ‘Maricarmen’, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 6 de octubre, que contempla mecanismos para suspender determinados desahucios cuando los afectados se encuentran en situación de vulnerabilidad y no disponen de una alternativa habitacional.
La normativa distingue entre los procedimientos que afectan a viviendas propiedad de fondos de inversión y aquellos en los que los propietarios son particulares. En el primer supuesto, un informe que acredite la vulnerabilidad puede ser suficiente para suspender el lanzamiento si se cumplen los requisitos legales y la familia carece de otro lugar donde vivir.
Cuando el arrendador es un particular, como en el caso de Jénnifer, el procedimiento contempla que el juez solicite a la administración competente en materia de vivienda y servicios sociales información sobre la disponibilidad de recursos para ofrecer una alternativa habitacional.
El decreto establece que, si la administración no responde o comunica que carece de recursos disponibles, el tribunal suspenderá el procedimiento hasta que se adopten las medidas necesarias y se garantice una alternativa adecuada. Esta previsión también puede aplicarse cuando ya existe una resolución que pone fin al procedimiento o acuerda el lanzamiento, siempre que el desahucio no se haya ejecutado efectivamente.
En estos casos, la administración competente en vivienda sería la encargada de compensar al propietario por las rentas que deje de percibir, los suministros impagados y las costas procesales, de acuerdo con las condiciones previstas en la normativa.
Derecho al Techo ha reclamado una mayor coordinación entre las administraciones públicas y los órganos judiciales para evitar que las familias vulnerables queden desprotegidas ante la pérdida de su hogar. «Ninguna familia debería enfrentarse a un desahucio sin que su situación de vulnerabilidad sea debidamente atendida y se estudien alternativas habitacionales», ha defendido la plataforma.
