El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso para anular la condena impuesta a la exfiscal García Ortiz, responsable de un delito de revelación de secretos, manteniendo firme la sentencia dictada en instancias inferiores. La Sala de lo Penal ha desestimado la apelación, si bien lo ha hecho con voto particular de dos magistradas, que mostraron discrepancias en algunos aspectos de la decisión judicial.
El fallo establece que la conducta de la exfiscal vulneró la obligación de confidencialidad que su cargo requiere, al divulgar datos que debían permanecer protegidos en el ejercicio de sus funciones públicas. La sentencia confirma así las penas y consecuencias acordadas en el juicio previo, que incluyen sanciones y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
El Tribunal Supremo, en su resolución, considera que no se ha demostrado un error fundamental en la valoración de las pruebas por parte de los tribunales inferiores y que, por tanto, no procede la anulación de la condena. No obstante, las magistradas que emitieron voto particular entienden que habría aspectos jurídicos susceptibles de un análisis más profundo, aunque no han prevalecido en la mayoría.
La resolución ha generado interés mediático por la relevancia institucional del caso y el papel de la exfiscal en el sistema de justicia, así como por las implicaciones que este tipo de condenas tiene en el marco de la labor de los funcionarios públicos y la protección de la información confidencial.