La violencia vicaria será un agravante y no un delito específico

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley de medidas contra la violencia vicaria, una iniciativa que busca reforzar la protección de las víctimas y de los menores afectados por esta forma de violencia machista. La principal novedad del texto es que la violencia vicaria no se incorporará al Código Penal como un delito específico, sino como una circunstancia agravante que permitirá endurecer las penas cuando un agresor utilice a los hijos, familiares o personas cercanas para causar daño a una mujer.

La violencia vicaria se define como aquella ejercida con el objetivo de provocar el mayor sufrimiento posible a la víctima mediante el daño a personas de su entorno, especialmente a sus hijos e hijas. Con esta reforma, el Ejecutivo pretende ofrecer una mayor protección jurídica y facilitar que los jueces puedan aplicar penas más severas en los casos en los que se acredite esta motivación.

El proyecto también contempla otras medidas de protección, como limitar o retirar la patria potestad y el régimen de visitas en determinados supuestos de violencia de género, reforzar la escucha de los menores en los procedimientos judiciales y mejorar la coordinación entre administraciones para prevenir nuevos casos.

La norma inicia ahora su tramitación parlamentaria, donde podrá incorporar modificaciones antes de su aprobación definitiva. El cambio de considerar la violencia vicaria como agravante y no como un delito independiente ha generado debate entre juristas y asociaciones, que mantienen posiciones diferentes sobre cuál es la fórmula más eficaz para garantizar una mayor protección a las víctimas y asegurar una respuesta penal proporcionada y efectiva frente a estos hechos.