Siete años y medio de cárcel para un entrenador de baloncesto por agredir sexualmente a una menor en Tenerife

juzgado

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena a siete años y seis meses de prisión impuesta a un entrenador de baloncesto de Tenerife por agredir sexualmente a una menor de 14 años y acosarla a través de mensajes. La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso de apelación presentado por el acusado y ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

La resolución mantiene cinco años de cárcel por un delito de agresión sexual con prevalimiento de superioridad y otros dos años y medio por ciberacoso. Asimismo, establece una prohibición de comunicarse con la víctima durante nueve años, seis años de inhabilitación para trabajar con menores y siete años y medio de libertad vigilada. El condenado deberá abonar también una indemnización de 10.000 euros a la víctima.

Mensajes sexuales desde 2021

Los hechos probados recogen que el entrenador, que tenía 27 años cuando ocurrieron los hechos, comenzó a mantener conversaciones por WhatsApp con la menor en junio de 2021. Los intercambios se iniciaron con cuestiones relacionadas con el baloncesto, pero evolucionaron progresivamente hacia insinuaciones, propuestas y mensajes de contenido sexual explícito y pornográfico.

La sentencia sitúa la agresión el 21 de marzo de 2022, al término de un entrenamiento en el polideportivo Las Delicias, en Santa Cruz de Tenerife. Según los hechos acreditados, el acusado aprovechó que ambos se habían quedado a solas para conducir a la menor hasta el vestuario y agredirla sexualmente.

La intervención de la madre de la víctima interrumpió la situación. La mujer llamó a su hija y acudió a recogerla, momento en el que la encontró saliendo del baño junto al entrenador.

El tribunal avala los mensajes y descarta contradicciones

El TSJC considera válidos los mensajes aportados al procedimiento, pese a las objeciones planteadas por la defensa, y respalda que los delitos de agresión sexual y ciberacoso se valoren de manera independiente.

La Sala también destaca la diferencia de edad entre el condenado y la menor, así como la posición de autoridad y confianza que el entrenador ejercía sobre ella y la confianza que sus padres habían depositado en él.

Los magistrados descartan que existan contradicciones en el relato de la víctima y rechazan la aplicación de circunstancias atenuantes, por lo que mantienen las penas impuestas por la Audiencia Provincial.

Contra la resolución del TSJC todavía cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.