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La Abogacía alerta de un problema con el censo del 29-N: 163.020 españoles podrían quedarse sin votar ¿suspender las elecciones?

Los servicios jurídicos del Estado piden al Supremo levantar las medidas cautelares y advierten de que resulta imposible revisar a tiempo los expedientes afectados antes de que el censo esté disponible el lunes 12 de octubre.

La Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que levante las medidas cautelares que afectan al voto de determinados ciudadanos nacionalizados mediante la llamada ley de nietos. Los servicios jurídicos del Estado sostienen que el adelanto electoral al 29 de noviembre ha reducido los plazos hasta hacer materialmente imposible completar las comprobaciones necesarias sin comprometer el derecho de sufragio.

El problema se concentra en la elaboración del censo electoral. Según el escrito, debe utilizarse el cerrado a 1 de agosto de 2026, que contiene inscripciones afectadas por una suspensión judicial acordada posteriormente, en septiembre. Ese censo debe estar disponible el lunes 12 de octubre para su consulta y la presentación de reclamaciones.

La dificultad consiste en identificar qué ciudadanos están comprendidos en las medidas cautelares. Los registros consulares no permiten distinguir automáticamente la vía por la que cada inscrito obtuvo la nacionalidad. Esto obliga a revisar manualmente los expedientes mientras se desarrolla una adaptación informática.

La Abogacía identifica a 163.020 españoles potencialmente afectados y advierte de que aplicar la suspensión en estas condiciones podría impedir votar a ciudadanos con derecho a hacerlo. También señala el riesgo de numerosas reclamaciones, un posible colapso judicial y resoluciones contradictorias. Además, rechaza extender las restricciones a todos los nacionalizados mediante esta normativa, como solicita Vox.

El ministro de Justicia, Félix Bolaños, sitúa la cifra en 400.000 personas y sostiene que, sin desbloquear la situación, las elecciones se celebrarían con «un censo alterado». Ambas cantidades presentan una diferencia de alcance que la información disponible no permite aclarar.

El plazo de alegaciones terminó este jueves a las 15.00 horas. Corresponde ahora al Supremo decidir si mantiene, modifica o levanta las medidas cautelares. La petición de la Abogacía no supone una nueva resolución judicial ni acredita que las elecciones vayan a suspenderse: lo que está pendiente es cómo aplicar las restricciones al censo y quién podrá ejercer su derecho al voto el 29-N.